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Te explicamos qué cambiará el 21 de diciembre tras la suspensión del Título 42

Si solo tienes unos segundos, lee estas líneas:

  • El Título 42 del Código de Estados Unidos, activado durante la pandemia del COVID-19 y que permite la expulsión inmediata de inmigrantes sin permitirles solicitar asilo, perderá vigencia el 21 diciembre, luego de que un juez ordenara su suspensión.
  • Apenas se levante el Título 42, las autoridades fronterizas aplicarán el Título 8 del Código, que es la norma que se aplicaba antes de la pandemia y que permite calificar como “inadmisibles” a quienes ingresen de manera irregular. 
  • Bajo el Título 8 quienes lleguen a la frontera podrán solicitar asilo, incluyendo aquellos que fueron expulsados previamente bajo el Título 42, indica a Factchequeado Amy Grenier, asesora de la Asociación Estadounidense de Abogados de Inmigración. Sin embargo las consecuencias legales de una expulsión bajo Título 8 son más severas de las que existen actualmente bajo el Título 42.

El juez federal Emmet Sullivan ordenó el 15 de noviembre la suspensión del Título 42 del Código de Estados Unidos, que se implementó durante la crisis de la pandemia del COVID-19 por la administración de Donald Trump (Partido Republicano) y aplicada también por la administración actual de Joe Biden (Partido Demócrata). 

La regla aplicada desde marzo de 2020 nace de una autoridad de salud pública otorgada por ley a los Centros para el Control y Detección de Enfermedades (CDC, por sus siglas en inglés) y que activaron con el objetivo de reducir el riesgo de contagio de COVID-19 en el país. Esta medida ha permitido la expulsión inmediata de quienes cruzan ilegalmente la frontera de Estados Unidos, sin la oportunidad de solicitar asilo. El Código de Estados Unidos es una recopilación de todas las leyes federales estadounidenses. El Título 8 del Código de Estados Unidos cubre a “Extranjeros y Nacionalidad”. La Ley de Inmigración y Nacionalidad (INA) está contenida en el Código. 

Por orden del juez Sullivan, el 21 de diciembre a medianoche las autoridades deben poner fin a la aplicación del Título 42. En Factchequeado consultamos con expertos y con autoridades del Departamento de Seguridad Nacional para decirte lo que eso implica y lo que cambiará a partir del 21 de diciembre de 2022.

Apenas se levante el Título 42, las autoridades aplicarán el Título 8

El Título 8 de la Ley de Inmigración y Nacionalidad (basada en el Código estadounidense), es la norma que han aplicado las autoridades desde antes de la pandemia en EE. UU., y que permite calificar como “inadmisibles” en el país a quienes ingresen de manera irregular.

A partir del 21 de diciembre, quienes lleguen a la frontera podrán solicitar asilo, incluyendo aquellos que fueron expulsados previamente bajo el Título 42, indica a Factchequeado Amy Grenier, asesora de prácticas y políticas de la Asociación Estadounidense de Abogados de Inmigración.

Sin embargo, Michelle Mittelstadt, del Migration Policy Institute (think-tank no partidista dedicado a estudiar y proponer políticas migratorias) explica a Factchequeado que las consecuencias legales de una expulsión bajo el Título 8 son más severas que las que existen actualmente bajo el Título 42.

Bajo el Título 42, cuenta Mittelstadt, se han realizado expulsiones que “no conllevan a sanciones” legales lo que se ha traducido, en algunos casos, en un “incentivo” para que algunos migrantes “intenten reingresar” ilegalmente. En cambio, bajo el Título 8, las autoridades migratorias podrían emitir órdenes de deportación formales y presentar cargos criminales contra quienes reingresen ilegalmente al país. En esta nota te explicamos algunos términos migratorios y las diferencias entre expulsiones y deportaciones.

El 30 de marzo de 2022, el Departamento de Seguridad Nacional (DHS, por sus siglas en inglés) publicó la estrategia que seguiría en el caso de un levantamiento del Título 42. En el documento está establecido que, una vez se reactive el Título 8, “aquellos que intenten entrar sin autorización a los Estados Unidos, y que no puedan establecer una base legal para permanecer en Estados Unidos, como una solicitud válida de asilo, estarán sujetos a consecuencias adicionales a largo plazo más allá de la deportación”, incluyendo la “prohibición de recibir beneficios migratorios en el futuro”.

Un vocero de DHS, en un correo electrónico a Factchequeado explicó que, bajo el Título 8, un migrante deportado tras cruzar ilegalmente puede enfrentar una prohibición de regresar a Estados Unidos por 5 años. Si reingresa durante ese período puede afrontar cargos criminales.

La suspensión no representa necesariamente el fin del Título 42

El Título 42 ha sido llevado a las cortes por quienes quieren que se suspenda y por quienes quieren que se mantenga, y actualmente hay 2 casos en cortes federales.

Uno es un caso basado en Washington D.C., que es de donde se desprende el fallo del juez Sullivan que comentamos al principio de esta nota. El otro caso está radicado en Luisiana, donde en mayo de este año el juez federal Robert Summerhays falló a favor de 24 estados que solicitaron una medida cautelar para bloquear el plan de los CDC de suspender el Título 42.

Según Michelle Mittelstadt del Migration Policy Institute debido a las contradicciones entre ambas sentencias, “el futuro del Título 42 terminará casi inevitablemente en la Corte Suprema”.

Como explica a Factchequeado Theresa Cardinal Brown, especialista en políticas transfronterizas del think-tank bipartidista Bipartisan Policy Center, el caso de D.C. fue una sentencia final y no una medida cautelar (como el Luisiana), por lo tanto el de D.C. tiene, por ahora, prioridad. Sin embargo, continúa Brown, “si la corte de Luisiana emite una sentencia final que contradiga a la Corte del Distrito de Columbia, esto puede sentar las bases para una apelación ante la Corte Suprema”.

Amy Grenier, de la Asociación Estadounidense de Abogados de Inmigración, dijo a Factchequeado que es “posible” que el Título 42 pueda regresar, pero que la disputa legal “tomaría un largo tiempo”.

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