El presidente Joe Biden confirmó este jueves la implementación de un nuevo programa migratorio de 30 mil cupos mensuales dirigido a personas provenientes de Cuba, Nicaragua, Haití y Venezuela para vivir en Estados Unidos por un lapso de dos años. Siempre y cuando tengan un patrocinador.
La ley de Estados Unidos proclama que toda persona que emigre basada en una petición por un familiar, debe contar con un patrocinador económico.
Quien decida patrocinar la migración de su familiar presentando el Formulario I-130, Petición de Familiar Extranjero, debe comprometerse a ser el patrocinador económico y declarar bajo juramento de que cumplirá con ese rol cuando llegue el momento de la migración.
Si usted no cumple con los requisitos financieros al momento, debe presentar el formulario I-864, Declaración Jurada de Patrocinio Económico y aceptar la responsabilidad. Además de eso, tanto usted como su familiar deben buscar a otras personas que cumplan con los requisitos y que también estén dispuestas a presentar una declaración jurada de patrocinio, reseñó el portal del Servicios de Ciudadanía e Inmigración de los Estados Unidos (USCIS por sus siglas en inglés).
¿Qué necesita una persona para patrocinar a alguien que migra a EEUU?
La ley exige que el patrocinador demuestre un nivel de ingreso de como un mínimo de 125% sobre el nivel federal de pobreza. En el caso de los militares activos, al momento de patrocinar al cónyuge o a los hijos, el requisito de ingreso es del 100% del nivel federal de pobreza.
Si su ingreso no cumple con los requisitos, se podría determinar su capacidad financiera de acuerdo a sus bienes, tales coo cuentas corrientes y de ahorros, acciones, bonos o propiedades.
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La declaración jurada es obligatoria, si la persona que necesita patrocinar a un migrante no la presenta, la diligencia queda inconclusa y a la persona no le darán el permiso de migrar bajo esa petición.
¿Para qué casos un migrante necesita un patrocinador económico?
Según el anuncio dado este jueves por Biden, toda persona de nacionalidad cubana, haitiana, nicaragüense o venezolana, deberá contar con un patrocinador económico.
También, todo aquel que pida la residencia permanente mediante un familiar.
En el caso de que un miembro de la familia que ingresa a EEUU con el fin de trabajar para un familiar o para una compañía perteneciente a un familiar por un 5% o más.
¿Hasta cuándo es vigente el patrocinio?
Una declaración jurada de patrocinio es ejecutable contra el patrocinador hasta que la persona que está siendo patrocinada se haga ciudadano estadounidense, cumpla 40 trimestres de trabajo en EEUU (10 años), salga permanentemente del país o muera.