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El Tribunal Supremo de EE.UU. evita pronunciarse sobre la Sección 230 y la responsabilidad de YouTube y Twitter en la propagación de islam militante

El Tribunal Supremo de Estados Unidos determinó que Google, Twitter y Facebook no son responsables de permitir atentados terroristas. Las familias de las víctimas del terrorismo acusaron a estos gigantes tecnológicos de promover material relacionado con el terrorismo en sus plataformas.

Sin embargo, el tribunal no encontró pruebas de que estas empresas participaran en los atentados u ofrecieran ningún trato especial al ISIS. El caso se refería a acusaciones contra Twitter, Facebook y Google, propietaria de YouTube. 

La estrecha sentencia del tribunal evitó abordar la controvertida cuestión de la Sección 230, una disposición legal que protege a las plataformas de medios sociales de ser demandadas por contenidos generados por los usuarios. Este estatuto se ha convertido en un tema polémico en el debate sobre la regulación de las redes sociales y la expresión en línea.

Debate sobre Sección 230: no ha lugar

Reformar la Sección 230 ha sido una cuestión de acuerdo entre el Presidente Joe Biden y algunos de sus críticos republicanos, aunque difieren en las razones y métodos para hacerlo. Mientras los conservadores sostienen que las empresas tecnológicas censuran contenidos, los liberales afirman que las plataformas de medios sociales no hacen lo suficiente para detener la propagación de la peligrosa retórica de derechas.

Las empresas tecnológicas y sus partidarios han alegado que cualquier modificación de la Sección 230 puede dar lugar a una avalancha de litigios, inhibiendo la innovación y afectando a la tecnología que sustenta gran parte de la comunicación en línea. 

En el caso contra Google, la familia de Nohemi González alegó que los algoritmos de recomendación de YouTube contribuyeron al reclutamiento de pistoleros del ISIS, causando en última instancia la muerte de González en París. Sin embargo, el tribunal determinó que los algoritmos eran neutrales en cuanto al contenido y no fomentaban activamente el terrorismo.

El Tribunal Supremo de Estados Unidos se abstuvo recientemente de pronunciarse sobre si la Sección 230 de la Ley de Decencia en las Comunicaciones protege a las empresas de Internet como YouTube de la responsabilidad por los contenidos generados por los usuarios.

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La consejera general de Google, Halimah DeLaine Prado, expresó su alivio por el resultado. Afirmó que “innumerables empresas, académicos, creadores de contenidos y organizaciones de la sociedad civil” se sentirán tranquilos por el resultado.  En el caso Twitter contra Taamneh, los familiares de Nawras Alassaf alegaron que la plataforma no supervisó adecuadamente su contenido para detectar cuentas relacionadas con el ISIS antes de un atentado terrorista en Turquía.

Sin embargo, el tribunal consideró que la conexión entre las acciones de la plataforma y el atentado era demasiado débil. El juez Clarence Thomas escribió que los demandantes no demostraron que las empresas “proporcionaran intencionadamente ayuda sustancial” o “participaran conscientemente” en los atentados.

La decisión del Tribunal Supremo de no entrar en el debate sobre la Sección 230 puede aumentar la presión sobre los funcionarios electos para que modifiquen la ley. Nitsana Darshan-Leitner, abogada de la familia González, instó a los legisladores a “enmendar este estatuto obsoleto”.

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¿De quién es la responsabilidad?

El senador John Cornyn (republicano de Texas) coincidió en que las sentencias devolvían la responsabilidad al Congreso. Afirmó: “Es una cuestión compleja y espero que les hagamos caso”. 

Tanto demócratas como republicanos han criticado la Sección 230. Los demócratas quieren que las empresas tecnológicas asuman más responsabilidad por los contenidos dañinos y ofensivos en sus plataformas, mientras que a los republicanos les preocupa que la disposición proteja a las empresas de demandas por decisiones de retirada de contenidos o suspensión de cuentas.

A pesar de años de debate, la ley ha permanecido prácticamente inalterada desde 1996.  Los defensores de la libertad de expresión advirtieron de que una sentencia favorable a los demandantes podría haber dado lugar a que las empresas de redes sociales suprimieran expresiones protegidas por la Constitución.

¿Te gustaría leer las sentencias? Haz clic aquí 21–1333 para leer Reynaldo González y varios vs. Google o aquí 21-1496, para Twitter vs Taamneh.

Patrick Toomey, subdirector del Proyecto de Seguridad Nacional de la ACLU, elogió la decisión y declaró: “Con esta decisión, la libertad de expresión en línea vive para luchar otro día”.  En resumen, la sentencia del Tribunal Supremo reafirma la responsabilidad limitada de las empresas tecnológicas por los contenidos generados por los usuarios.

El debate en curso sobre la Sección 230 y la responsabilidad de las plataformas de medios sociales en la facilitación de contenidos nocivos probablemente persistirá como un tema polémico en el ámbito político.

Esta noticia ha sido redactada por inteligencia artificial, editada y curada por un editor.

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